{"id":9288,"date":"2023-03-28T15:37:53","date_gmt":"2023-03-28T18:37:53","guid":{"rendered":"https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/?p=9288"},"modified":"2023-03-28T15:40:06","modified_gmt":"2023-03-28T18:40:06","slug":"programa-de-politica-energetica-para-el-periodo-2023-2027","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/?p=9288","title":{"rendered":"PROGRAMA DE POLITICA ENERGETICA PARA EL PERIODO 2023-2027"},"content":{"rendered":"\n<p>El Estado nacional argentino elabor\u00f3 un Plan Energ\u00e9tico para el periodo 2023 &#8211; 2027. Este va a satisfacer la demanda tanto popular como privada y va a cumplir con los compromisos de la comunidad internacional y con el Acuerdo de Paris.<\/p>\n\n\n\n<p>Debajo se encuentra detallada toda la informaci\u00f3n sobre el plan.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">EL MARCO CONCEPTUAL DE NUESTRA POLITICA ENERGETICA<\/h2>\n\n\n\n<p>1.1. La pol\u00edtica energ\u00e9tica argentina para el periodo 2023-2027 se expresar\u00e1 en un Plan Energ\u00e9tico elaborado por el Estado nacional por medio de las instituciones que le son propias y aprobado por una ley del Congreso de la Naci\u00f3n.<br>1.2. El Plan Energ\u00e9tico explicitar\u00e1 los objetivos de largo plazo y las metas correspondientes de corto y mediano plazo, as\u00ed como tambi\u00e9n las fuentes de financiamiento p\u00fablicas y\/o privadas de las obras.<br>1.3. El Plan Energ\u00e9tico tendr\u00e1 como objetivo satisfacer la demanda interna de energ\u00eda a precios competitivos para nuestra industria y accesibles para nuestra poblaci\u00f3n, respetando los compromisos de descarbonizaci\u00f3n asumidos y procurando alcanzar el autoabastecimiento, promoviendo al mismo tiempo la generaci\u00f3n de saldos exportables.<br>1.4. El Estado nacional y los estados provinciales har\u00e1n previsiones presupuestarias justas y razonables para subsidiar total o parciamente el acceso a la energ\u00eda de la poblaci\u00f3n que lo requiera para la integraci\u00f3n social de la misma.<br>1.5. La Planificaci\u00f3n Energ\u00e9tica tendr\u00e1 tambi\u00e9n como objetivo cumplir en tiempo y forma los compromisos asumidos por nuestro pa\u00eds con la comunidad internacional en el marco de la Transici\u00f3n Energ\u00e9tica y el Acuerdo de Paris, procurando una matriz energ\u00e9tica sustentable.<\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"alignleft size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/E30E5A00-BF34-4A94-BAD6-9C81396218F9.jpeg\" alt=\"\" class=\"wp-image-9174\" width=\"426\" height=\"213\" srcset=\"https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/E30E5A00-BF34-4A94-BAD6-9C81396218F9.jpeg 800w, https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/E30E5A00-BF34-4A94-BAD6-9C81396218F9-300x150.jpeg 300w, https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/E30E5A00-BF34-4A94-BAD6-9C81396218F9-768x384.jpeg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 426px) 100vw, 426px\" \/><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">EL PLANEAMIENTO ENERG\u00c9TICO: HERRAMIENTA PARA EL DESARROLLO Y PARA LA FORMULACI\u00d3N DE POLITICAS REGIONALES<\/h2>\n\n\n\n<p>2.1. El Poder Ejecutivo encomendar\u00e1 a la Secretar\u00eda de Energ\u00eda de la Naci\u00f3n la elaboraci\u00f3n de un Plan Energ\u00e9tico nacional de largo plazo. Dicho plan deber\u00e1 articularse con el Plan Nacional de Adaptaci\u00f3n y Mitigaci\u00f3n Contra el Cambio Clim\u00e1tico y las NDC que nuestro pa\u00eds acuerde frente a la comunidad internacional.<br>2.2. El Plan Energ\u00e9tico deber\u00e1 tener como principios rectores la seguridad e independencia energ\u00e9tica, la eficiencia energ\u00e9tica, la equidad territorial, la diversificaci\u00f3n de la matriz energ\u00e9tica y la descarbonizaci\u00f3n.<br>2.3. Para su realizaci\u00f3n la Secretar\u00eda de Energ\u00eda deber\u00e1 utilizar los recursos humanos existentes en el Estado nacional que ser\u00e1n ampliados con los aportes no vinculantes de instituciones de prestigio incluyendo entidades acad\u00e9micas y organismos cient\u00edfico-t\u00e9cnicos en al \u00e1rea energ\u00e9tica, el medio ambiente y el cambio clim\u00e1tico.<br>2.4. Las Provincias y la CABA integrar\u00e1n los equipos de trabajo a trav\u00e9s del Consejo Federal de la Energ\u00eda El\u00e9ctrica y otras instituciones existentes, o a crearse, para la correcta aplicaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n Nacional en los art\u00edculos pertinentes.<br>2.5. El Plan Energ\u00e9tico una vez aprobado por el Poder Ejecutivo ser\u00e1 enviado al Congreso Nacional para su aprobaci\u00f3n por Ley y entrar\u00e1 en vigencia una vez que se promulgue la ley respectiva. El Plan ser\u00e1 de largo plazo y revisable cada 5 a\u00f1os.<br>2.6. Argentina propondr\u00e1 y acordar\u00e1 con los pa\u00edses socios del MERCOSUR una posici\u00f3n unificada del subcontinente para presentar en forma colectiva, en todos los \u00e1mbitos correspondientes, los compromisos de la regi\u00f3n en la transici\u00f3n energ\u00e9tica.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">IMPLEMENTACION DE UN PROCESO ORDENADO Y CONSENSUADO PARA LA PRODUCCI\u00d3N Y VALORIZACI\u00d3N DE NUESTROS HIDROCARBUROS<\/h2>\n\n\n\n<p>3.1. Se formular\u00e1 un programa de producci\u00f3n de petr\u00f3leo y gas en Vaca Muerta 2023-2028.<br>3.2. El programa se acordar\u00e1 entre las provincias productoras titulares del recurso, la Naci\u00f3n y las empresas productoras titulares de las \u00e1reas concesionadas en las jurisdicciones provinciales.<br>3.3. Los precios en boca de pozo ser\u00e1n los que se correspondan con un net back de precios FOB exportaci\u00f3n de cada producto.<br>3.4. El mismo principio de fijaci\u00f3n de precios se aplicar\u00e1 a la producci\u00f3n de gas natural, aplicable al momento que Argentina se transforme en exportador neto de gas, mientras ello no ocurra se mantendr\u00e1 el sistema de licitaciones\/subasta vigente.<br>3.5. Se formular\u00e1 un programa de certificaci\u00f3n de reservas auditadas 2023-2028.<br>3.6. Se formular\u00e1 un programa consensuado de exploraci\u00f3n en todas las cuencas convencionales de jurisdicci\u00f3n nacional, ubicadas en la plataforma continental, y de jurisdicci\u00f3n provincial. <\/p>\n\n\n\n<p>3.7. Se eliminan los precios internos sost\u00e9n para el petr\u00f3leo crudo tipo barril criollo o similar.<br>3.8. Elaboraci\u00f3n de un plan de transporte de hidrocarburos con las licenciatarias de transporte. El mismo incluye la siguiente lista no taxativa:<br>&#x25aa; Plan de obras de expansi\u00f3n y\/o ampliaci\u00f3n de gasoductos 2023-2028.<br>&#x25aa; Plan de obras de concesionarias de transporte de hidrocarburos l\u00edquidos.<br>3.9. Determinaci\u00f3n de las exportaciones de gas natural 2023-2028 que incluye: &#x25aa; Exportaciones a Brasil via Uruguayana.<br>&#x25aa; Substituci\u00f3n de importaciones de gas boliviano en el per\u00edodo 2023-2026 &#x25aa; Exportaciones a Chile.<br>&#x25aa; Exportaciones de GNL.<br>3.10. Regularizaci\u00f3n inmediata del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS)<br>que incluye:<br>&#x25aa; Cese inmediato de la intervenci\u00f3n y normalizaci\u00f3n institucional seg\u00fan lo previsto en el marco regulatorio del gas natural (Ley 24.076).<br>&#x25aa; Exigir a los interventores, designados por el poder ejecutivo, un informe detallado de las anomal\u00edas detectadas y solucionadas durante el periodo de intervenci\u00f3n (2019-2023) y env\u00edo del mismo para su consideraci\u00f3n al Congreso Nacional.<br>3.11. Criterios de fijaci\u00f3n de los precios mayoristas del petr\u00f3leo y del gas natural 2023-2027:<br>&#x25aa; Los precios del petr\u00f3leo en boca de pozo se regir\u00e1n por el siguiente<br>criterio: en boca de pozo regir\u00e1n los precios correspondientes al valor de FOB exportaci\u00f3n del crudo menos los costos econ\u00f3micos de transporte incurridos entre la boca del pozo del yacimiento productor hasta el punto de exportaci\u00f3n correspondiente.<br>&#x25aa; Los precios de venta de productores a refiner\u00edas nacionales se regir\u00e1n por el siguiente criterio: precio en boca de pozo de la cuenca respectiva m\u00e1s el costo de transporte auditado desde boca de pozo hasta la refiner\u00eda respectiva.<br>&#x25aa; El precio de gas en boca de pozo surgir\u00e1 de los siguientes criterios:<br>o Licitaci\u00f3n o subasta competitiva, respetando los contratos suscriptos en el marco del actual Plan Gas o bien valor FOB exportaci\u00f3n menos los costos de transporte reales pagados a las transportistas de gas<br>natural hasta el punto de exportaci\u00f3n.<br>o En el caso del GNL se adicionar\u00e1n los costos reales de la planta de<br>licuefacci\u00f3n.<br>&#x25aa; Precios de otros productos energ\u00e9ticos exportables. Los precios de<br>comercializaci\u00f3n en el mercado interno se alinear\u00e1n con los precios FOB de los productos que se exporten.<br>3.12. Se promover\u00e1 la derogaci\u00f3n de la ley de zonas fr\u00edas para el gas natural por estar basada en subsidios energ\u00e9ticos irracionales desde el punto de vista t\u00e9cnico, por ser socialmente innecesarios y por conspirar contra la eficiencia energ\u00e9tica.                                                                                     3.13. Se promover\u00e1 el incremento del uso de biocombustibles certificados (es decir, que no hayan sido producidos a partir de desmonte de bosque natural) por ejemplo biodiesel, SAF, bioetanol, biometano, HVO, para todos los usos en los que puedan reemplazar a los combustibles f\u00f3siles as\u00ed como diversificar y descarbonizar la matriz energ\u00e9tica del pa\u00eds. Se redactar\u00e1 una nueva ley de biocombustibles en concordancia con el plan energ\u00e9tico nacional.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">EL REORDENAMIENTO DEL SECTOR ELECTRICO: UNA PRIORIDAD POLITICA DE PRIMER ORDEN<\/h2>\n\n\n\n<p>4.1. Regularizaci\u00f3n inmediata del Ente Nacional de la Regulaci\u00f3n de la Electricidad (ENRE).<br>4.2. Cese inmediato de la intervenci\u00f3n y normalizaci\u00f3n institucional seg\u00fan lo previsto en el marco regulatorio de la energ\u00eda el\u00e9ctrica (Ley 24.065).<br>4.3. Exigir a los interventores designados por el poder ejecutivo un informe detallando las anomal\u00edas detectadas y solucionadas durante el periodo de intervenci\u00f3n (2019-2023) y env\u00edo del mismo para su consideraci\u00f3n al congreso nacional.<br>4.4. Regularizaci\u00f3n institucional inmediata de CAMMESA. Cammesa debe dejar de ser el mayor canalizador de subsidios del estado nacional a los actores del mercado el\u00e9ctrico y debe concentrarse en su funci\u00f3n espec\u00edfica:<br>&#x25aa; Realizar el despacho nacional de cargas.<br>&#x25aa; Administrar las transacciones entre los actores del mercado el\u00e9ctrico mayorista (generadores; transportistas, grandes usuarios; y distribuidoras de electricidad con demanda cautiva).<br>&#x25aa; Cammesa no comprar\u00e1 ni vender\u00e1 energ\u00eda.<br>&#x25aa; Cammesa no firmar\u00e1 contratos de compra de centrales ni fijar\u00e1 precios a las mismas.<br>&#x25aa; Cammesa no emitir\u00e1 garant\u00edas en nombre del estado nacional de ning\u00fan tipo.<br>&#x25aa; Cammesa no intervendr\u00e1 en la compra ni en la venta de combustibles de ning\u00fan tipo y se abstendr\u00e1 de intermediar entre productores de<br>combustibles y generadores del MEM.<br>&#x25aa; Cammesa deber\u00e1 modificar los procedimientos para la operaci\u00f3n,<br>despacho y c\u00e1lculo de precios (res. 61\/91 y sus modificatorias) adecuando los mismos a los criterios anteriormente mencionados.<br>4.5. Vencimiento de las concesiones de explotaci\u00f3n de centrales hidroel\u00e9ctricas<br>otorgadas en 1993. A tal efecto se propone:<br>&#x25aa; Prorrogar por un a\u00f1o la vigencia de los contratos de acuerdo a lo previsto en los contratos de concesi\u00f3n.<br>&#x25aa; A partir de 2024 al t\u00e9rmino del plazo contractual prorrogado las centrales pertenecientes a la ex empresa Hidronor SA revertir\u00e1n al estado nacional tal lo previsto en los contratos firmados en 1993.<\/p>\n\n\n\n<p>&#x25aa; Se fijar\u00e1n con criterios t\u00e9cnicos un nuevo sistema de tarifario para la retribuci\u00f3n de la energ\u00eda generada por las centrales hidroel\u00e9ctricas de jurisdicci\u00f3n nacional, el nuevo sistema tarifario retribuir\u00e1 la totalidad de los costos operativos y los costos de operaci\u00f3n y mantenimiento de las centrales. Asimismo, deber\u00e1 proveer los fondos para financiar la extensi\u00f3n de la vida \u00fatil de las instalaciones.<br>&#x25aa; Luego el Estado Nacional podr\u00e1 firmar contratos del tipo COM (operaci\u00f3n y mantenimiento) con el sector privado para cada una de la centrales.<br>4.6. Creaci\u00f3n de una comisi\u00f3n t\u00e9cnica para el an\u00e1lisis y propuesta de modificaci\u00f3n del marco regulatorio el\u00e9ctrico de la Ley 24.065.<br>Se crear\u00e1 una comisi\u00f3n asesora, presidida por la Secretaria de Energ\u00eda de la Naci\u00f3n e integrada por expertos el\u00e9ctricos reconocidos, entidades acad\u00e9micas, ONG reconocidas del sector el\u00e9ctrico y representantes de las c\u00e1maras empresarias representantes de los actores del mercado el\u00e9ctrico mayorista con el objeto de evaluar las modificaciones a introducir en el texto del marco regulatorio el\u00e9ctrico vigente (leyes 24.065 y 15.336).<br>Dicha comisi\u00f3n evaluar\u00e1 criterios de tarificaci\u00f3n el\u00e9ctrica alternativos a los vigentes que promuevan mayor equidad en la fijaci\u00f3n de las tarifas, entre ellos la tarifa uniforme para todo el territorio nacional determinando un sistema racional y autosuficiente para la absorci\u00f3n y reparto de la totalidad de los costos incurridos.<br>La comisi\u00f3n debe expedirse en un plazo de 180 d\u00edas con la propuesta de un texto modificatorio. El texto una vez consensuado ser\u00e1 enviado por el poder ejecutivo al congreso nacional para su tratamiento.<br>4.7. Realizaci\u00f3n de un estudio exhaustivo del estado actual del parque nacional de generaci\u00f3n el\u00e9ctrica y determinaci\u00f3n de las necesidades de ampliaci\u00f3n y reemplazo de centrales obsoletas en el periodo 2023-2028.<br>Se ha diagnosticado la existencia de una muy baja disponibilidad del parque de generaci\u00f3n en los d\u00edas de alta demanda el\u00e9ctrica. Ha ocurrido este fen\u00f3meno en los d\u00edas recientes de alta demanda en que se constat\u00f3 que un tercio del parque de generaci\u00f3n permaneci\u00f3 fuera de servicio por causas diversas que obligaron a realizar importaciones de urgencia para evitar cortes masivos a la poblaci\u00f3n.<br>Es fundamental realizar en forma prioritaria este estudio que permita conocer la realidad t\u00e9cnica y el estado real de este parque indisponible. Como resultado obtendremos una magnitud de la inversi\u00f3n p\u00fablica o privada que ser\u00e1 necesario realizar para asegurar a los 47 millones de habitantes de Argentina, energ\u00eda el\u00e9ctrica segura y de precio competitivo.<\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"alignleft size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/5BD7E0EB-1C48-48FE-979D-741AA844EF41.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-9172\" width=\"364\" height=\"255\" srcset=\"https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/5BD7E0EB-1C48-48FE-979D-741AA844EF41.png 960w, https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/5BD7E0EB-1C48-48FE-979D-741AA844EF41-300x210.png 300w, https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/5BD7E0EB-1C48-48FE-979D-741AA844EF41-768x538.png 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 364px) 100vw, 364px\" \/><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">UNIFICACION DE LOS ENTES REGULADORES ENERGETICOS NACIONALES (ENRE Y ENARGAS).<\/h2>\n\n\n\n<p> Una vez que se hayan regularizado los Entes Reguladores Energ\u00e9ticos Nacionales (ENRE y ENARGAS), y que se hayan elevado los informes de los interventores sobre las anomal\u00edas detectadas y resueltas por las intervenciones, se proyectar\u00e1 la unificaci\u00f3n de ambos entes en un ente \u00fanico para la regulaci\u00f3n de gas natural y la electricidad en la jurisdicci\u00f3n nacional.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">REVISION DE PROYECTOS Y EMPRENDIMIENTO CRITICOS QUE NO HAN PROBADO HASTA EL PRESENTE SU FACTIBILIDAD INTEGRAL<\/h2>\n\n\n\n<p>6.1. Se revisar\u00e1n los siguientes proyectos y obras en lo relativo a la conveniencia de continuar o promover su modificaci\u00f3n para hacerlos viables; o eventualmente, su cancelaci\u00f3n definitiva en caso de confirmarse su inviabilidad:<br>&#x25aa; Yacimientos Carbon\u00edferos R\u00edo Turbio (YCRT).<br>&#x25aa; Central Nuclear Atucha III.<br>&#x25aa; Centrales Hidroel\u00e9ctricas del R\u00edo Santa Cruz.<br>&#x25aa; Central T\u00e9rmica Belgrano II.<br>&#x25aa; Sistema de Transporte de Alta Tensi\u00f3n para el transporte de la Energ\u00eda Generada en los aprovechamientos C\u00f3ndor Cliff y La Barrancosa sobre el curso del rio Santa Cruz.<br>&#x25aa; Redefinici\u00f3n de las cantidades de importaci\u00f3n y de los precios de importaci\u00f3n de gas natural de Bolivia para el periodo 2023-2026.<br>&#x25aa; Definici\u00f3n de la 2da. etapa del proyecto gasoducto N\u00e9stor Kirchner (a\u00fan no iniciado).<\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/AFF23D4A-D883-40E1-91C2-6B020C41890D-1024x576.webp\" alt=\"\" class=\"wp-image-9173\" width=\"575\" height=\"323\" srcset=\"https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/AFF23D4A-D883-40E1-91C2-6B020C41890D-1024x576.webp 1024w, https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/AFF23D4A-D883-40E1-91C2-6B020C41890D-300x169.webp 300w, https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/AFF23D4A-D883-40E1-91C2-6B020C41890D-768x432.webp 768w, https:\/\/argentinamassustentable.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/AFF23D4A-D883-40E1-91C2-6B020C41890D.webp 1200w\" sizes=\"auto, (max-width: 575px) 100vw, 575px\" \/><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">REALIZAR UN BLANQUEO Y SANEAMIENTO DE LA ECONOMIA ENERGETICA NACIONAL INCLUYENDO UNA URGENTE REVISION TARIFARIA INTEGRAL<\/h2>\n\n\n\n<p>7.1. El registro en el monto de subsidios del 2022 alcanz\u00f3 los USD 12.500 millones. Este n\u00famero exorbitante esconde importantes deudas al interior de la cadena de pagos de la energ\u00eda que ponen en serio riesgo su funcionamiento:<br>&#x25aa; M\u00e1s de $ 600.000 millones es el endeudamiento de las distribuidoras<br>el\u00e9ctricas con CAMMESA por energ\u00eda vendida. Casi $ 50.000 millones por compensaciones correspondientes al Plan Gas 4 (desde enero 2021 a septiembre 2022 solo se pagan el 54% de las compensaciones).<br>&#x25aa; Deudas de las distribuidoras de gas con productores por m\u00e1s de $80.000 millones.<br>&#x25aa; Existen deudas de CAMMESA con generadores que, como contracara, muestran por que el 30% del parque de generaci\u00f3n se encuentra fuera de servicio dejando en evidencia el enorme problema financiero del sector que se suma a la ya pesada mochila de subsidios que presentan las cuentas p\u00fablicas.<\/p>\n\n\n\n<p>7.2. En ese marco conceptual se requiere llevar a cabo una Recomposici\u00f3n tarifaria y una focalizaci\u00f3n de subsidios. En este sentido, la pol\u00edtica de subsidios tendr\u00e1 un norte: la focalizaci\u00f3n de los mismos solo en la poblaci\u00f3n vulnerable, quienes deber\u00e1n acreditar su condici\u00f3n ya sea a trav\u00e9s de las bases de datos con las que cuenta el Estado Nacional o a trav\u00e9s de un sistema de presentaci\u00f3n espont\u00e1nea con asignaci\u00f3n de beneficios condicionados a la comprobaci\u00f3n previa de medios de vida. El resto de la demanda deber\u00e1 recorrer un sendero de recomposici\u00f3n que finalice con precios reconociendo la totalidad del costo de la energ\u00eda consumida.<br>7.3. Realizaci\u00f3n de una Revisi\u00f3n Tarifaria Extraordinaria en electricidad y gas natural en los primeros 180 d\u00edas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Estado nacional argentino elabor\u00f3 un Plan Energ\u00e9tico para el periodo 2023 &#8211; 2027. 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