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#PIROTECNIA_CERO #MÁS_LUCES_MENOS_RUIDO

Por Roman Perez

Hasta el momento solo 6 provincias tienen una ley que regulan la pirotecnia. Es decir, permiten el uso y la venta de fuegos artificiales de bajo impacto sonoro. Mientras que 2 de ellas prohíben totalmente la fabricación, venta y uso de artificios de pirotecnia y cohetería. El resto sanciona ordenanzas por medio de los municipios, para lograr llevar un control y castigar con multas.

Argentina + Sustentable expuso sobre los efectos perjudiciales que tienen los dispositivos pirotécnicos. Existen perjuicios que apuntan a la salud de los seres vivos y también al ambiente.

Durante los últimos años, se intenta promover los fuegos artificiales amigables. Estos hacen referencia a pirotecnia con un bajo impacto sonoro y autorizados por la ANMAC (Agencia Nacional de Materiales Controlados). Siempre y cuando sean utilizados correctamente y maniobrados por mayores de 16 años. Además, debe existir una responsabilidad en su fabricación y en un uso responsable.

Desde el sector, aseguran el dato de que “el 80% de los artefactos que se venden y son consumidos en Argentina, son fuegos artificiales amigables”.

Esto es un gran avance para el país, teniendo en cuenta aquellos que sufren a causa de los estruendos provocados por la pirotecnia. Pero… se está ignorando algo fundamental, la contaminación que provocan al ambiente.

Muchos disienten sobre la prohibición de los fuegos artificiales, ya que son los que causan entusiasmo a la noche festiva. Pero lo que puede ser una sonrisa de unos segundos para algunos, es la tortura para otros y el deterioro para el planeta.

Es por eso que se debe concientizar sobre la situación e impulsar campañas de #PIROTECNIACERO.

En diferentes partes del mundo ya se ha desarrollado una alternativa a los festejos con fuegos artificiales amigables con el ambiente y los seres vivos: las exhibiciones con drones. 

Estos nuevos espectáculos consisten en el uso de cientos o miles de drones robots con luces multicolores para formar en el cielo diferentes imágenes. Los drones son más sustentables que los fuegos artificiales dado que estos últimos solo tienen un uso que contamina el ambiente, provocan incendios y su estruendo afecta tanto a personas como a animales.

En el festival Vivid de Sidney se usaron 600 drones para su espectáculo de luces. En el cielo se formaron figuras como una nave espacial, un avión y un Bob esponja.

Este tipo de espectáculo también se había realizado en las celebraciones de año nuevo en Shanghai, China. Allí se recibió el año 2020 con un show de dos mil drones, iluminando el cielo nocturno.

Para que esto suceda en Argentina, debe existir una Ley Nacional de Pirotecnia Cero que ampare el no uso de estos artefactos. Si no será inevitable el uso de fuegos artificiales. De igual manera la gran mayoría de las provincias entienden la gravedad de esta situación y toman medidas por sí mismas.

Hasta el momento solo 6 provincias tienen una ley que regulan la pirotecnia. Es decir, permiten el uso y la venta de fuegos artificiales de bajo impacto sonoro. Mientras que 2 de ellas prohíben totalmente la fabricación, venta y uso de artificios de pirotecnia y cohetería. El resto sanciona ordenanzas por medio de los municipios, para lograr llevar un control y castigar con multas.

BUENOS AIRES

En Buenos Aires fue aprobada la ley de Pirotecnia Cero que prohíbe la venta y el uso de los productos de alto impacto sonoro.
El proyecto prohíbe la venta de pirotecnia sonora en todo el territorio provincial, algo que ya se implementa en algunos municipios, pero que no tenía una regulación en la provincia.

CATARMARCA

No hay restricciones legales sobre los dispositivos pirotécnicos. Distintos municipios de la provincia, incorporan ordenanzas sobre el uso y la venta de los fuegos artificiales.
Además existen reclamos por parte de diputados, por la falta de control municipal y provincial por venta de pirotecnia sonora en la Capital catamarqueña.

CHACO

El Concejo Municipal de Resistencia aprobó la Ordenanza N.° 7.453 que se refiere a la fabricación, almacenamiento, transporte y comercialización de artificios de pirotecnia.
Establece la prohibición de la venta de artefactos o elementos de pirotecnia en puestos fijos o ambulantes, en la vía pública como así también a menores de 14 años.
(Tampoco podrán existir depósitos o venta de pirotecnia en los locales comerciales donde se comercialicen sustancias combustibles de cualquier tipo).

CHUBUT

La Municipalidad de Rawson, a través de la Secretaría de Gobierno, Educación y Coordinación de Gabinete recuerda que está vigente la Ordenanza N.º 7662 que prohíbe en todo el ejido municipal la tenencia, guarda, acopio, depósito, exhibición, fabricación, venta y uso de pirotecnia, ya sea de venta libre o de fabricación autorizada.

CÓRDOBA

En la provincia no existe un marco regulatorio y sólo se encuentran las ordenanzas municipales.
En Córdoba Capital hay una ordenanza desde 2016 de Pirotecnia Cero. En parte, esto se debe a las modificaciones del Código de Convivencia Municipal.

CORRIENTES

En la capital de Corrientes, la Ordenanza N.º 6678/18 determina que los artefactos pirotécnicos iguales o mayores a 2 pulgadas no se encuentran autorizados a ser producidos, distribuidos, comercializados y utilizados en el ámbito de la ciudad. Los demás municipios deciden por su propio carácter si se adhieren o no a este mandato.

ENTRE RÍOS

En Entre Ríos se encuentra vigente la Ley N.° 10.868, que regula el uso medido y solidario de la pirotecnia. En la normativa, se prohíbe la comercialización, utilización, fabricación y detonación de cualquier elemento que sea de alto impacto sonoro.
Mientras que en cada ciudad de la provincia, existen normativas municipales en base a los dispositivos pirotécnicos.

FORMOSA

El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Formosa sancionó la Ordenanza 7386/19, la cual prohíbe la comercialización, distribución y uso público o privado de artículos de pirotecnia que exceda los 65 decibeles.

JUJUY

En Jujuy se encuentra vigente la Ley N.º 6.187 desde el año 2020. Prohíbe el uso de pirotecnia de estruendo. Contempla la prohibición de fabricación, comercialización y/o venta al público, mayorista y minorista, de todo elemento de pirotecnia sonora.

LA PAMPA

El 19 de noviembre del año 2020 fue publicada, en el boletín oficial, la Ley N.º 3282. Esta prohíbe en el ámbito de provincia de La Pampa la comercialización, tenencia, manipulación, fabricación, depósito, transporte, distribución y venta al público de artificios pirotécnicos sonoros.

LA RIOJA

En la provincia no existe una ley que guíe en base al uso de pirotecnia. En la ciudad de La Rioja rige la Ordenanza N.º 5398, desde el año 2016. Está prohibida la tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta al público de Pirotecnia y Cohetería, en todo el departamento Capital.

https://boletinoficial.lapampa.gob.ar/images/Archivos/BoletinOficial/2020/Ley3282_LP_Prohbici%C3%B3n_de_Pirot%C3%A9cnia.pdf

MENDOZA

En Mendoza está prohibido vender y usar pirotecnia. La medida se viene realizando desde el año 2020, tras la aprobación de una ordenanza por parte de todos los municipios.
Solo en Tupungato se podrá usar pirotecnia fría. En toda la provincia se realizan controles para detectar comercialización ilegal.
(Los valores de las multas para quienes incumplan la ordenanza de los municipios por la ley tributaria 9355/22 son: por infracción a la ley 6954, de $27.570 a $45.750 pesos; reincidencia infracción a la ley 6954, de $55.140 a $91.520 pesos, e infracción al articulo 3° de la ley 6954, $137.300).

MISIONES

Se recuerda la vigencia de la Ordenanza N.º 81, la cual establece a “Posadas Libre de Pirotecnia de Alto Impacto Sonoro”, por lo cual quedan prohibidos aquellos artefactos que produzcan efecto audible, de gran estruendo o estampido.
Misiones lleva adelante la 12° Campaña de Prevención de Quemaduras “Digamos No al uso de la pirotecnia”.

NEUQUÉN

La Legislatura de Neuquén sancionó la Ley N.°3371 que prohíbe el uso total de pirotecnia y cohetería en toda la provincia. El proyecto fue presentado por organizaciones sociales que protegen los derechos de las personas que padecen las consecuencias de estos artefactos.
Esta nueva normativa establece la modificación y derogación de la ley 2833 y prohíbe no solo el uso de la pirotecnia en particulares sino también en eventos gubernamentales.

https://boficial.neuquen.gov.ar/Leyes/Ley_3371.pdf

RÍO NEGRO

La Ordenanza de Fondo N.º 304/2017, en su Artículo 228, prohíbe la pirotecnia en todo el ejido de la ciudad, desde la comercialización, distribución, tenencia, portación y depósito hasta el uso público o privado de cualquier artículo de pirotecnia audible.

SALTA

La Ley N.°8340 prohíbe el uso, tenencia, comercialización, manipulación, fabricación, acopio, exhibición, expendio mayorista o minorista y de todo elemento de pirotecnia con efectos audibles o sonoros.

Publicado en el Boletín N° 21330, el día 13 de Octubre de 2022.
Sancionada el día 08 de Septiembre de 2022.

https://boletinoficialsalta.gob.ar/instrumento.php?cXdlcnR5dGFibGE9THw4MzQwcXdlcnR5#:~:text=LEY%20N%C2%B0%208340,DEROGA%20LEY%20N%C2%BA%207.759.

SAN JUAN

La Ordenanza N.º 11.948 prohíbe «la tenencia, fabricación, comercialización, tránsito, depósito y venta al público mayorista o minorista y el uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería, sea este de venta libre o no y/o de fabricación autorizada». 

SAN LUIS

Desde el año 2019, rige en la ciudad de San Luis la “Pirotecnia Cero”, dictada por la Ordenanza N° VIII-0929-2019 (3624/2019) que prohíbe la venta y el uso de pirotecnia sonora.
La ordenanza impide la utilización, comercialización, acopio, exhibición y expendio al público de pirotecnia y cohetería sonora, sean de venta libre o no y/o de fabricación autorizada. Quedan exceptuados de la prohibición los fuegos artificiales de tipo únicamente lumínicos.
(Quien no cumpla con la ordenanza sufrirá sanciones como multas y clausuras).

SANTA CRUZ

Está en vigencia la Ley N.º 3636, que prohíbe “en todo el territorio de la provincia de Santa Cruz la utilización, tenencia, acopio, exhibición, fabricación y expendio al público de artificios de pirotecnia y cohetería, sean éstos de venta libre o no, y/o de fabricación autorizada”.

SANTA FE

La ordenanza N.º 12.429 sostiene que la ciudad de Santa Fe es libre de pirotecnia desde 2019. Esto significa que no se puede comprar, vender ni usar pirotecnia sonora bajo ningún concepto.

SANTIAGO DEL ESTERO

En la provincia habilitan espacios para venta de pirotecnia. De igual modo, se realizarán intensos controles para una regulación medida en la venta de estos artefactos.

TIERRA DEL FUEGO

Desde el año 2016, en Ushuaia continúa vigente la Ordenanza N.° 971. Mediante la cual «se prohíbe en el ámbito del ejido urbano municipal, la tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta al público, mayorista o minorista y uso particular, de todo elemento de pirotecnia y cohetería, sea éste o no de venta libre y/o fabricación autorizada».

TUCUMÁN

Se sancionó en septiembre de 2020 la Ley N.º 9.303, que regula el uso y la comercialización de material pirotécnico en el territorio provincial. Con ella, la autoridad de aplicación -el Ministerio de Seguridad de Tucumán- debe coordinar el control y realizar “campañas de concientización sobre el uso responsable de artículos de pirotecnia y sobre los perjuicios que ocasiona la pirotecnia de alto impacto sonoro en las personas, animales y en el medio ambiente”, entre otras medidas.
Desde el 2 de enero de 2020, se encuentra sancionada la ordenanza municipal 5037, que prohíbe la comercialización, tenencia, uso y manipulación de pirotecnia ruidosa, es decir, todos los que generen ruidos mayores a 70 decibeles. Sólo puede venderse -con permiso previo- pirotecnia lumínica sin ruido.

2 thoughts on “#PIROTECNIA_CERO #MÁS_LUCES_MENOS_RUIDO

  1. BUENAS TARDES COMO TENDRIA QUE HASER PARA QUE RN MI PUEBLO SANTA ANA DEPARTAMENTO RIO CHIVO TUCUMAN. NO TIREN TANTA PIROCTECNIA. DON DE 70 DECIBELES Y TENHO FSMILIA CON AUTISMO. GRS DESDE YA GRS

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